APRUEBA IEEZ PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD EN LA REALIZACIÓN DE ACTOS DE CAMPAÑA ELECTORAL

APRUEBA IEEZ PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD EN LA REALIZACIÓN DE ACTOS DE CAMPAÑA ELECTORAL

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en sesión extraordinaria, aprobó el Protocolo para la protección de la salud en la realización de actos de campaña electoral, el cual tiene por objeto que los partidos políticos, las coaliciones y candidaturas, cuenten con una orientación y recomendaciones que contribuya a reducir los riesgos de contagio derivada del virus COVID–19.

Estas recomendaciones, a los partidos políticos, coaliciones y candidaturas, para que al momento de realizar actos de campaña y presentar a la ciudadanía sus candidaturas registradas y su plataforma electoral, garanticen en todo momento el derecho a la protección de la salud y asegurar el derecho del electorado a emitir un voto informado y razonado.

El apartado X, denominado “Medidas de Protección para la salud durante la realización de Campañas Electorales” del Protocolo para la protección de la salud en las campañas electorales, establece que es necesario priorizar otras vías de acercamiento con el electorado: redes sociales, transmisiones en vivo a través de diversas plataformas. Promover reuniones o eventos con otros actores por medio de plataformas virtuales, para multiplicar los esfuerzos en la generación de mayor conciencia colectiva sobre los cuidados de la salud y la vida en el ejercicio del proceso electoral.

Por otra parte, del análisis en los indicadores se deriva una propuesta de actividades que se pueden llevar a cabo, respetando el distanciamiento físico de acuerdo al nivel de riesgo de cada área según el semáforo epidémico para COVID-19 en la entidad; por lo que todas las actividades que se lleven a cabo de forma personal, con las medidas básicas de prevención para toda la población, como son: mantenimiento de una sana distancia; lavado frecuente de manos; etiqueta respiratoria y uso correcto del cubre boca.

Además, en la emisión de la convocatorio o invitación por parte de partidos políticos o candidatos para la asistencia a actividades o actos de campaña, se deberá recomendar la asistencia observando las medidas de lavado de manos, uso de gel antibacterial para desinfección de manos, la asistencia con cubre bocas, y de ser posible usar caretas.

También, delimitar el aforo con anticipación y no permitir la reunión de un número de personas que sea superior al límite determinado por la autoridad de salud competente, observando en todo momento la semaforización sanitaria emitida por autoridades locales y/o nacional.

Además de que los partidos políticos, coaliciones y candidatas o candidatos deberán promover que no asistan a sus actos públicos y masivos de campaña las personas vulnerables al COVID-19, mayores de 60 años, mujeres embarazadas, menores de edad; personas con obesidad, hipertensión arterial, diabetes, inmunodepresión, enfermedades renales, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, enfermedades cardiovasculares, hepáticas, sanguíneas o metabólicas, así como aquellas personas que presentan síntomas asociados al virus covid-19.

Por otra parte, el Consejo General aprobó Lista de los Lugares de Uso Común, así como el Procedimiento para sorteo de los lugares de uso común entre los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes susceptibles para la colocación de propaganda electoral.

También se realizó el sorteo y asignación de los Lugares de Uso Común a los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, respectivamente, para colocar, fijar o pintar propaganda electoral durante el Proceso Electoral Local 2020-2021.

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