TRIJEZ IMPLEMENTA UN NUEVO MEDIO DE IMPUGNACIÓN ELECTORAL DENOMINADO JUICIO ELECTORAL
En sesión privada, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas con base a las facultades que le otorgan los artículos 17, apartado A, fracción Vll, de la Ley Orgánica y 4, fracción ll, del Reglamento lnterior, de dictar acuerdos generales para la debida sustanciación y resolución de los medios de impugnación, así como de los acuerdos necesarios para su adecuado funcionamiento, procedió a integrar un nuevo medio de impugnación bajo la denominación de Juicio Electoral.
Lo anterior, con el fin de garantizar el derecho de acceso a la impartición de justicia en materia electoral y a un recurso judicial efectivo para los justiciables en los casos en los que se controviertan actos o resoluciones que no correspondan a los supuestos de procedencia de los medios de impugnación previstos en los artículos 5 y 8 de la Ley del Sistema de Medios de lmpugnación Electoral del Estado de Zacatecas, o bien, a un procedimiento especial sancionador, pero que sí tengan una connotación electoral.
En ese sentido, debido a que la integración de expedientes identificados como asunto general no resulta idónea para resolver controversias electorales se procedió a implementar el Juicio Electoral.